Alta como autónomo extranjero residente en España
Alta y trámites · Extranjería
Los trámites para darte de alta como autónomo en España cambian según tu nacionalidad. Si eres ciudadano de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, el proceso es prácticamente idéntico al de un ciudadano español; si vienes de fuera de la UE, necesitas una autorización adicional antes de poder empezar.
Ciudadanos de la UE / EEE
No necesitas ninguna autorización especial de trabajo: puedes darte de alta en Hacienda y en el RETA siguiendo el mismo proceso que cualquier autónomo, con tu NIE como identificación. El trámite es equivalente al descrito en la guía general de alta como autónomo.
Ciudadanos de fuera de la UE
Necesitas obtener una autorización de trabajo por cuenta propia antes de poder darte de alta. El proceso, en líneas generales:
- Preparar la documentación: pasaporte en vigor, certificado de antecedentes penales del país de origen y de residencias previas, certificado médico, cualificación profesional o experiencia relacionada con la actividad, y un proyecto de la actividad a desarrollar con la inversión prevista.
- Acreditar solvencia: demostrar recursos suficientes para tu manutención y alojamiento durante al menos el primer año de actividad.
- Presentar la solicitud (modelo EX-07) en el consulado español correspondiente a tu país de residencia.
- Obtener el visado, válido hasta 3 meses, con el que debes entrar en España dentro de ese plazo.
- Darte de alta en la Seguridad Social como autónomo una vez en España con la autorización concedida.
La autorización inicial es válida por 1 año, renovable por periodos de 2 años posteriormente.
Caso especial: combinar autorización de trabajo por cuenta ajena y propia
Tras las reformas normativas recientes, es posible combinar una autorización de trabajo por cuenta ajena con la de autónomo, con una validez que puede extenderse hasta 4 años en determinados supuestos, útil para quien quiere compaginar un empleo con el inicio de su propio negocio.
Errores comunes
- Empezar a facturar o trabajar antes de tener la autorización de trabajo por cuenta propia concedida, si eres de fuera de la UE.
- No preparar con suficiente antelación la documentación (antecedentes penales, certificado médico), que suele tardar en obtenerse desde el país de origen.
- Confundir los requisitos de un ciudadano de la UE (sin autorización especial) con los de fuera de la UE (con autorización obligatoria).
Preguntas frecuentes
¿Necesito el NIE antes de darme de alta como autónomo?
Sí, el Número de Identificación de Extranjero es imprescindible tanto para el alta en Hacienda como en la Seguridad Social, con independencia de tu nacionalidad de origen.
¿Puedo tramitar la autorización de trabajo por cuenta propia ya estando en España?
Depende de tu situación migratoria concreta; en general el trámite se inicia desde el consulado español en tu país de residencia, aunque existen situaciones específicas que conviene consultar con un abogado de extranjería.
¿Los ciudadanos del Reino Unido necesitan autorización especial tras el Brexit?
Sí, desde el Brexit los ciudadanos británicos siguen el mismo procedimiento que el resto de ciudadanos de fuera de la UE, salvo excepciones específicas para quienes ya residían en España antes de esa fecha.
Esta información es orientativa; los trámites de extranjería pueden cambiar y varían según tu nacionalidad y situación concreta, confirma los requisitos vigentes con el consulado español o un abogado de extranjería.
