Digitalización obligatoria de autónomos: qué necesitas saber

Actualidad y normativa · Digitalización

Más allá de la factura electrónica, hay otra obligación de digitalización que afecta a todos los autónomos por igual y que muchos desconocen hasta que reciben su primera sanción por no haberla cumplido: relacionarte electrónicamente con la Administración.

La obligación de relacionarte electrónicamente con la Administración

Desde 2023, todos los autónomos están obligados a recibir notificaciones electrónicas de los organismos públicos, en lugar de correo postal tradicional. Esta obligación se apoya en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, que exige a las personas jurídicas y a determinados colectivos de personas físicas —entre ellos los autónomos— relacionarse electrónicamente con la Administración.

Qué es la DEHú y cómo funciona

La Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú) es el buzón digital centralizado donde recibes las notificaciones de distintos organismos: Hacienda (AEAT), Seguridad Social (TGSS), administraciones autonómicas y municipales, e incluso juzgados y tribunales. En lugar de recibir comunicaciones dispersas, todo converge en un único punto de acceso, disponible en dehu.redsara.es.

El plazo crítico: 10 días naturales

Esta es la parte que sorprende a más autónomos: si no abres una notificación en un plazo de 10 días naturales, se considera automáticamente entregada. Los plazos para recurrir, alegar o pagar empiezan a correr desde ese momento, hayas leído la notificación o no — lo que puede derivar en recargos, intereses de demora o sanciones por no haber respondido a tiempo, simplemente por no haber revisado el buzón.

Cómo evitar sorpresas

  • Configura alertas por email y SMS directamente en la plataforma DEHú, para que te avisen en cuanto llega una notificación nueva.
  • Revisa el buzón con regularidad, no solo cuando esperas algo concreto de Hacienda o la Seguridad Social.
  • Si trabajas con un gestor, confirma si tiene acceso a tu DEHú o si eres tú quien debe revisarlo de forma independiente.

Cómo se relaciona con Verifactu y la factura B2B

Esta obligación de notificaciones electrónicas es independiente de las obligaciones de facturación electrónica (Verifactu y la factura B2B de la Ley Crea y Crece): forman parte de una tendencia general hacia la digitalización de las relaciones entre autónomos y la Administración, pero cada una tiene su propia normativa y calendario.

Errores comunes

  • No revisar el buzón DEHú durante semanas, descubriendo una notificación importante solo cuando ya ha vencido el plazo de respuesta.
  • No configurar las alertas automáticas, perdiendo el aviso de que ha llegado una notificación nueva.
  • Asumir que si no recibes nada por correo postal es que no hay comunicaciones pendientes, cuando en realidad están esperando en el buzón electrónico.

Preguntas frecuentes

¿Puedo seguir recibiendo notificaciones por correo postal si lo prefiero?

No, los colectivos obligados a relacionarse electrónicamente —entre ellos los autónomos— no pueden optar por el correo postal tradicional para estas comunicaciones.

¿Qué pasa si tengo un problema técnico y no puedo acceder a la DEHú a tiempo?

Es recomendable documentar cualquier incidencia técnica y contactar con el organismo correspondiente lo antes posible; no obstante, el plazo de 10 días para la entrega automática se aplica con independencia de dificultades técnicas puntuales, así que la prevención (revisar con frecuencia) es la mejor estrategia.

¿Necesito un certificado digital para acceder a la DEHú?

Sí, necesitas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN para acceder a tu buzón electrónico y consultar las notificaciones.

Esta información es orientativa; confirma los detalles y plazos vigentes en la sede electrónica correspondiente antes de tomar decisiones basadas en ella.

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